Curso de
Integración
“Principios
Rectores de la Función Policial”
Aspirante:
Lic. José
Alejandro Casillas Ojeda
Cedula
Profesional: 09285275
Licenciadojac.blogspot.mx
La
Paz, Baja California Sur, a los Veintitrés Días del Mes de Agosto del 2018
Indice:
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Descripción
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Pagina
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Introducción, Metodología
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3
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Desarrollo
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4
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Resultados
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7
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Conclusiones
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8
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Referencias
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8
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Introducción
Debido a la reciente situación que ha
prevalecido en nuestra entidad federativa con respecto al aumento en los
delitos de alto impacto, es ahora el momento oportuno de contar con una base
sólida con respecto a los conocimientos jurídicos que respaldan las actuaciones
policiales, es por lo cual la importancia de comprender adecuadamente los
principios que rigen la función Policial y que se encuentran elevados al nivel
Constitucional ubicados en el numeral 21° Párrafo Noveno.
Metodologia
Para podernos allegar a las
conclusiones expuestas al concluir el presente trabajo, se dio inicio a una
investigación de gabinete mediante la cual se hizo llegar de información que
plasman los dogmáticos y quienes, a su consideración se denominan “expertos” en
este tema, con la finalidad de hacernos allegar primeramente desde el punto de
vista teorico la adecuada comprensión de los principios que rigen las funciones
de los cuerpos de seguridad publica y comprender el motivo de su origen; una
vez logrado lo anterior, nos haremos allegar de la información obtenida a
través del campo de aplicación de estos principios rectores, es decir mediante
testimonios directos de personal perteneceinte a diversas corporacuiones de
Seguridad Publica para que, en base a su experiencia sea generado un poco mas
de datos para poder procesar y comprender adecuadamente el panorama de
aplicación.
Desarrollo
Como lo hemos señalado anteriormente el Articulo 21° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en su párrafo noveno señala:
“La seguridad pública es una
función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios,
que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para
hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en
los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución
señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por
los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y
respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.”
Lo cual claramente no es
señalada en nivel Constitucional que los principios que se encargan de regir
las funciones de las diversas Instituciones de la Seguridad Publica son la legalidad,
objetividad, la eficiencia, profesionalismo, honradez y los respectos a los
derechos humanos; pero si bien es cierto que es especifico al mencionarlos, no
menos cierto que carece en todo momento los limites o alcances de cada uno de
estos, ya que cada palabra, al realizar un análisis nos podemos encontrar que
en realidad son temas ampliamente complejos de descifrar, por lo cual que de
ahí recae la importancia de comprenderlos no desde un punto de vista filosófico
y humanista, sino en concreto desde un punto de vista jurídico para lograr
comprender en concreto que hacer y que no hacer iniciando con:
legalidad
Uno de los principios mas
importantes del derecho penal en la actualidad, es el principio de legalidad,
cuya esencia es: nullum crimen nulla poena sine previa lege (no hay delito
ni pena sin ley previa). Adicionalmente, el principio de legalidad conlleva una
serie de garantías recogidas en la legislación penal.
Objetividad
el principio de
Objetividad busca que los elementos de Seguridad se limiten a exponer los
hechos que les constan de manera tangible, sin decantarse por alguna postura en
bases a sus creencias personales o prejuicios, y no añadir en sus informes y
valoraciones situaciones que no les consten de manera tangible. La función de seguridad
pública no puede estar sujeta a valoraciones subjetivas o suposiciones.
Eficiencia
Le eficiencia tiene que
ver con la producción del resultado esperado, es la relación entre lo insumido
y lo producido. Una Policía eficiente será aquella que produzca una reducción
real del índice delictivo, que garantice el libre ejercicio de los derechos de
los ciudadanos y logre que vivan con tranquilidad, no aquella que lleve a cabo
más detenciones o consignaciones. Una Policía eficiente es la que logra que su
comunidad viva en paz
Profesionalismo
tiene que ver con una
actitud personal positiva hacia la función policial pro parte de quienes se
desempeñan dentro de ella, y que los lleva a buscar una constante superación y
a ser siempre los mejores. No es lo mismo ser profesional que profesionista. Se
puede ser profesional sin tener estudios académicamente comprobables, pues
existen personas con empleos y funciones humildes y sencillas, pero que las
desempeñan con pleno profesionalismo, así como también es posible ser
profesionista, y tener las paredes llenas de diplomas, títulos y
reconocimientos, y ser un verdadero patán. Es cierto que hoy en día el policía
deberá buscar ser profesionista, pero de nada le servirá si no cultiva un
principio personal que lo lleve a buscar ser siempre el mejor
Honradez
un policía honrado es
aquel que lleva a cabo su función con honor y grandeza de miras. Esa integridad
como seres humanos impedirá, entre otras cosa, que caigan en actos de
corrupción
Respeto a los
Derechos Humanos
como principio de
actuación policial, le dará al elemento de Seguridad la probidad y el valor
suficientes para garantizar la seguridad de los ciudadanos y su tranquilidad
respetando íntegramente los Derechos de todas y de todos, lo cual dará mayor
valor y calidad a su trabajo. Es importante que los policías dejen de ver a los
Derechos Humanos como un “obstáculo” para brindar seguridad, y que entiendan
que esos derechos no pueden ser lastimados ni siquiera en aras de mayor
“eficiencia” en su tarea.
Resultados
Una vez recopilada la información antes expuesta, podemos
realizar un breve pero al mismo tiempo complejo de la aplicabilidad de los
principios rectores policiales, abriendo paso al primero de estos, la legalidad
es un principio de suma importancia ya que este se puede emplear para atender
dos supuestos, el primero es el de amparar al agente policial en su actuación
cuando esta esta apegada estrictamente a derecho, o en caso contrario evitar el
atropello y abuso de las corporaciones; por otro lado el principio de
objetividad sirve como un suplente ante lagunas jurídicas existentes y que no
sea posible invocar el principio antes señalado, ya que el mismo busca que el
agente se depure de malas ideologías o creencias que pudieran generar un
prejuicio en una actividad y que esta pudiera lesionar a un ciudadano; por otro
lado el principio de eficiencia se encontraría mas encaminado a quienes dirigen
las instituciones y/o quienes tengan mando medio, y les exige resultados que la
ciudadanía demanda; por otro lado tanto el principio de profesionalismo y
respeto a los derechos humanos, incluyendo el de legalidad, demanda mas de los
elementos que integran la seguridad publica, ya que estos van ligados
intrínsecamente con el estudio y conocimiento de un sinnúmero de temas, con lo
cual supone una mejora en sus funcoines y siendo el de honradez un elemento
ético y del que se exige mas por parte de los ciudadanos.
Conclusiones
Gracias al estudio de
cada uno de los principios podemos apreciar como ha evolucionado las instituciones
de seguridad publica en nuestro país y darnos cuenta lo que hoy en dia es
exigible y reprochable a los integrantes de los diversos cuerpos policiales,
para poder crear instituciones confiables y que sean capaces de dar resultados
idóneos sin atropellar los derechos de cada uno de los ciudadanos que
integramos esta republica mexicana.
Fuentes de consulta:
·
http://antenasanluis.mx/los-seis-principios-deontologicos-de-actuacion/
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