lunes, 27 de agosto de 2018

Unidad 3, Sesión 8 Actividad 1




Curso de Integración


“Principios Rectores de la Función Policial”





Aspirante:
Lic. José Alejandro Casillas Ojeda
Cedula Profesional: 09285275
Licenciadojac.blogspot.mx


La Paz, Baja California Sur, a los Veintitrés Días del Mes de Agosto del 2018



Indice:


Descripción
Pagina


         Introducción, Metodología
3




         Desarrollo
4




         Resultados
7




         Conclusiones
8




         Referencias
8









Introducción
Debido a la reciente situación que ha prevalecido en nuestra entidad federativa con respecto al aumento en los delitos de alto impacto, es ahora el momento oportuno de contar con una base sólida con respecto a los conocimientos jurídicos que respaldan las actuaciones policiales, es por lo cual la importancia de comprender adecuadamente los principios que rigen la función Policial y que se encuentran elevados al nivel Constitucional ubicados en el numeral 21° Párrafo Noveno.

Metodologia
Para podernos allegar a las conclusiones expuestas al concluir el presente trabajo, se dio inicio a una investigación de gabinete mediante la cual se hizo llegar de información que plasman los dogmáticos y quienes, a su consideración se denominan “expertos” en este tema, con la finalidad de hacernos allegar primeramente desde el punto de vista teorico la adecuada comprensión de los principios que rigen las funciones de los cuerpos de seguridad publica y comprender el motivo de su origen; una vez logrado lo anterior, nos haremos allegar de la información obtenida a través del campo de aplicación de estos principios rectores, es decir mediante testimonios directos de personal perteneceinte a diversas corporacuiones de Seguridad Publica para que, en base a su experiencia sea generado un poco mas de datos para poder procesar y comprender adecuadamente el panorama de aplicación.
Desarrollo
Como lo hemos señalado anteriormente el Articulo 21° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su párrafo noveno señala:
“La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.”

Lo cual claramente no es señalada en nivel Constitucional que los principios que se encargan de regir las funciones de las diversas Instituciones de la Seguridad Publica son la legalidad, objetividad, la eficiencia, profesionalismo, honradez y los respectos a los derechos humanos; pero si bien es cierto que es especifico al mencionarlos, no menos cierto que carece en todo momento los limites o alcances de cada uno de estos, ya que cada palabra, al realizar un análisis nos podemos encontrar que en realidad son temas ampliamente complejos de descifrar, por lo cual que de ahí recae la importancia de comprenderlos no desde un punto de vista filosófico y humanista, sino en concreto desde un punto de vista jurídico para lograr comprender en concreto que hacer y que no hacer iniciando con:

legalidad
Uno de los principios mas importantes del derecho penal en la actualidad, es el principio de legalidad, cuya esencia es: nullum crimen nulla poena sine previa lege (no hay delito ni pena sin ley previa). Adicionalmente, el principio de legalidad conlleva una serie de garantías recogidas en la legislación penal.
Objetividad
el principio de Objetividad busca que los elementos de Seguridad se limiten a exponer los hechos que les constan de manera tangible, sin decantarse por alguna postura en bases a sus creencias personales o prejuicios, y no añadir en sus informes y valoraciones situaciones que no les consten de manera tangible. La función de seguridad pública no puede estar sujeta a valoraciones subjetivas o suposiciones.
Eficiencia
Le eficiencia tiene que ver con la producción del resultado esperado, es la relación entre lo insumido y lo producido. Una Policía eficiente será aquella que produzca una reducción real del índice delictivo, que garantice el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos y logre que vivan con tranquilidad, no aquella que lleve a cabo más detenciones o consignaciones. Una Policía eficiente es la que logra que su comunidad viva en paz
Profesionalismo
tiene que ver con una actitud personal positiva hacia la función policial pro parte de quienes se desempeñan dentro de ella, y que los lleva a buscar una constante superación y a ser siempre los mejores. No es lo mismo ser profesional que profesionista. Se puede ser profesional sin tener estudios académicamente comprobables, pues existen personas con empleos y funciones humildes y sencillas, pero que las desempeñan con pleno profesionalismo, así como también es posible ser profesionista, y tener las paredes llenas de diplomas, títulos y reconocimientos, y ser un verdadero patán. Es cierto que hoy en día el policía deberá buscar ser profesionista, pero de nada le servirá si no cultiva un principio personal que lo lleve a buscar ser siempre el mejor
Honradez
un policía honrado es aquel que lleva a cabo su función con honor y grandeza de miras. Esa integridad como seres humanos impedirá, entre otras cosa, que caigan en actos de corrupción

Respeto a los Derechos Humanos
como principio de actuación policial, le dará al elemento de Seguridad la probidad y el valor suficientes para garantizar la seguridad de los ciudadanos y su tranquilidad respetando íntegramente los Derechos de todas y de todos, lo cual dará mayor valor y calidad a su trabajo. Es importante que los policías dejen de ver a los Derechos Humanos como un “obstáculo” para brindar seguridad, y que entiendan que esos derechos no pueden ser lastimados ni siquiera en aras de mayor “eficiencia” en su tarea.


Resultados
Una vez recopilada la información antes expuesta, podemos realizar un breve pero al mismo tiempo complejo de la aplicabilidad de los principios rectores policiales, abriendo paso al primero de estos, la legalidad es un principio de suma importancia ya que este se puede emplear para atender dos supuestos, el primero es el de amparar al agente policial en su actuación cuando esta esta apegada estrictamente a derecho, o en caso contrario evitar el atropello y abuso de las corporaciones; por otro lado el principio de objetividad sirve como un suplente ante lagunas jurídicas existentes y que no sea posible invocar el principio antes señalado, ya que el mismo busca que el agente se depure de malas ideologías o creencias que pudieran generar un prejuicio en una actividad y que esta pudiera lesionar a un ciudadano; por otro lado el principio de eficiencia se encontraría mas encaminado a quienes dirigen las instituciones y/o quienes tengan mando medio, y les exige resultados que la ciudadanía demanda; por otro lado tanto el principio de profesionalismo y respeto a los derechos humanos, incluyendo el de legalidad, demanda mas de los elementos que integran la seguridad publica, ya que estos van ligados intrínsecamente con el estudio y conocimiento de un sinnúmero de temas, con lo cual supone una mejora en sus funcoines y siendo el de honradez un elemento ético y del que se exige mas por parte de los ciudadanos.



Conclusiones
Gracias al estudio de cada uno de los principios podemos apreciar como ha evolucionado las instituciones de seguridad publica en nuestro país y darnos cuenta lo que hoy en dia es exigible y reprochable a los integrantes de los diversos cuerpos policiales, para poder crear instituciones confiables y que sean capaces de dar resultados idóneos sin atropellar los derechos de cada uno de los ciudadanos que integramos esta republica mexicana.



Fuentes de consulta:
·         http://antenasanluis.mx/los-seis-principios-deontologicos-de-actuacion/

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